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IMFORME QUE EMITE EL LETRADO DON MANUEL SÁEZ PARGA, ABOGADO DE LOS ILUSTRES COLEGIOS DE BARCELONA Y MADRID.
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En definitiva, lo que se puede decir, partiendo del enfoque que Mapfre ha dado a su escrito de CONTESTACION a la demanda, es que no se siente “cómoda”, contestando una demanda por competencia desleal...

 

            nos lleva a concluir que si Mapfre ha pretendido ejercer una posición dominante e imponer la modificación unilateral de los contratos que había ido celebrando desde 1987 a 1996, lo ha hecho atentando al Principio Constitucional de Libre Mercado, pues NO ha sido leal, ni respetuosa con los intereses de la sociedad actora GRUAS ABRIL ASISTENCIA SL, y además se ha beneficiado del esfuerzo ajeno, por lo que se reputa que, en tal sentido, ha podido producirse un comportamiento desleal por atentar contra el interés privado de la empresa GRUAS ABRIL, como el colectivo de los consumidores, como el interés público en general; y que de esa actuación dominante ha obtenido un beneficio publicitario indebido, siendo reiteradas sus “advertencias” de ruptura y resolución unilateral de la resolución contractual, que si pudiera encuadrarse, a diferencia de lo que sostiene la Sentencia pronunciada, en los artículos 6, 7, y 12 de la Ley de Competencia Desleal; y quizás en el supuesto del artículo 16 de la propia Ley, al crear una discriminación en materia de precios o proceder a la ruptura efectiva de la relación comercial, obteniendo condiciones ventajosas bajo la coacción de que se aceptan las exigencias que impone o se rompe –como de hecho a ocurrido- la relación.

… En definitiva, lo que se puede decir, partiendo del enfoque que Mapfre ha dado a su escrito de CONTESTACION a la demanda, es que no se siente “cómoda”, contestando una demanda por competencia desleal, al amparo de la Ley 3/1991, que trata de evitar, invocando primero la PRESCRICION DE LA ACCION, y después la pretendida EXCEPCION DE LA COSA JUZGADA O LITISPENDENCIA, pero sus reiteradas alusiones al artículo 1.255 DEL Código Civil, en cuanto a la licitud de los pactos que incorpora a los sucesivos “PROTOCOLOS DE ACUERDO DE PROVEEDORES”, desde 1996, a los que pretende tratar como “acuerdo marco”, pero HUIR de las obligaciones propias de los CONTRATOS, en lo que a ella le afectan, pero sin embargo, lo que está reconociendo es que cualquiera que fuera la denominación de la figura empleada, se trata de un CONTRANTO, como lo demuestra su cita del artículo 1.255 del Código Civil (folio 7 de la CONTESTACION); como lo demuestra su referencia a la RESOLUCION TACITA,…

… le permita a una sola de las partes contratantes, la fijación del régimen de cumplimiento de la obligación, que tiene que nacer del acuerdo de los dos partes, pues reiteramos una vez más, que “la validez y el cumplimiento de los contratos NO PUEDE DEJARSE AL ARBITRIO DE UNO DE LOS CONTRANTATES”. Pues ello rompería el principio de consentimiento, propio del consumo entre la oferta y la aceptación, sin que la alternativa sea que,…

 

IMFORME QUE EMITE EL LETRADO DON MANUEL SÁEZ PARGA, ABOGADO DE LOS ILUSTRES COLEGIOS DE BARCELONA Y MADRID.


 

 

 

Con ocasión del juicio que se ha celebrado en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante por la denuncia que ha presentado GRUAS ABRIL ASISTENCIA contra MAPFRE por supuestas prácticas de competencia desleal, fueron citados a instancia judicial diversos directivos y representantes legales de la Cía. Aseguradora. Del contenido de sus declaraciones cabe destacar lo siguiente

 

 

Legal representante –Secretario de la Comisión Ejecutiva y Asesor jurídico de MAPFRE- (en prueba de interrogatorio de parte): NO ME CONSTA QUE EN MAPFRE HAYA INSTRUCCIONES DE QUE SE EXIJA A SUS PROVEEDORES PRESTAR EL SERVICIO DE ASISTENCIA EN CARRETERA MEDIANTE GRUAS ROTULADAS CON EL LOGOTIPO DE MAPFRE, NI A GRUAS ABRIL, NI QUE SE PRESCINDIERA DE ESTE PROVEEDOR DE ALICANTE.

 

El legal representante en prueba de interrogatorio de parte: LAS TARIFAS NO SE IMPONEN, SE NEGOCIAN AÑO A AÑO CON CADA PROVEEDOR, SI BIEN NO CONOCE NI LE CONSTA CUAL ES EL PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN.

 

            Maite Mattiachi, en prueba testifical: LAS TARIFAS NO LAS FIJA MAPFRE, SE NEGOCIAN UNA A UNA CON CADA PROVEEDOR. A preguntas del Juez sobre cuál es el procedimiento de negociación, contesta esta Directora: LAS TARIFAS SE PRESENTAN AL PROVEEDOR Y ÉSTE SE LIMITA A FIRMARLAS.

 

            El legal representante: LAS CONDICIONES EN QUE MAPFRE EXIGE QUE SE PRESTE EL SERVICIO ES RENTABLE PARA LA EMPRESA DE GRÚAS, DE NO SER ASÍ NO SE EXPLICA PORQUÉ HAY UNA RED TAN AMPLIA DE PROVEEDORES DE MAPFRE.

 

 

Responsables de proveedores: NOSOTROS PROPONEMOS LAS CONDICIONES Y EL PROVEEDOR ES MUY LIBRE DE ACEPTARLAS O RECHAZARLAS.

 

            Leonardo Yánez, coordinador del equipo de profesores autores del Informe de la Universidad de Alicante: CON LAS TARIFAS QUE ABONA MAPFRE ES IMPOSIBLE RENTABILIZAR EL SERVICIO EN CONDICIONES DE LEGALIDAD.

 

Todos los Directivos de MAPFRE coincidieron que el logotipo en las grúas tiene como finalidad que el cliente asegurado piense que quien realiza el servicio es MAPFRE, y no una empresa ajena a la Cía. de Seguros. Posteriormente se vio que realmente la rotulación se exigía como una imposición más a los proveedores y con fines publicitarios.

 

Los representantes de las Asociaciones de empresas de grúas que comparecieron en el juicio dejaron claro ante el juez y explicaron con detalle que MAPFRE conoce y ha sido informada en reiteradas ocasiones de la nula rentabilidad del servicio en condiciones de legalidad, y que a sabiendas de ello sigue imponiendo sus exigencias. Que, pese a la propuesta que se está estudiando en el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial de la DGT de unificar un color, MAPFRE se opone a ello. Que Gruas Abril ha sido represaliada por MAPFRE de forma ejemplar para disuadir a otros proveedores con intenciones de no atender tales exigencias. Y que el sector está trabajando en condiciones de precariedad laboral porque con las tarifas que se pagan es inviable rentabilizar el servicio, aún en mayor medida si además se exige realizarlo con grúas rotuladas.







"Toda violación de la verdad no es solamente una especie de suicidio del embustero, sino una puñalada en la salud de la sociedad humana."

Ralph Waldo Emerson (1803-1882) Poeta y pensador estadounidense.

@angel_gaitan_oficial ¡Vaya jugarreta FEA Mapfre! 🤬 @MAPFRE España • • #mapfre #seguro #mecanicodeltiktok #taller #motor #coche ♬ sonido original - Ángel Gaitan